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Inejecución sucesiva de la Ley 266-04 fue base para sentencia del TSA sobre terrenos parque Jaragua

  • 18 feb
  • 3 min de lectura

El TSA acogió un amparo de Inversiones del Sur por la falta de ejecución de la Ley 266-04, que define el Polo Turístico del Suroeste. El fallo sostiene que terrenos reclamados no están en Jaragua y pide actualizar el catastro, en medio de críticas ambientalistas.


(Fuente externa)
(Fuente externa)
Tribunal acoge amparo de empresa que reclama terrenos en zona del Parque Jaragua

Santo Domingo. La Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió un recurso de amparo interpuesto por una empresa que reclama al Estado dominicano más de 12 millones de metros cuadrados de terrenos ubicados en las proximidades del Parque Nacional Jaragua, basándose en la supuesta inejecución sucesiva de la Ley 266-04 por parte de la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales (DNMC).


Según establece la sentencia, el tribunal consideró que la omisión de la DNMC en aplicar disposiciones derivadas de dicha normativa habría afectado derechos patrimoniales de la empresa recurrente, al impedirle disponer de los inmuebles bajo el régimen previsto para el Polo Turístico de la Región Suroeste, creado mediante la Ley 266-04 hace más de dos décadas.


El fallo sostiene que existía una “inejecución sucesiva” en el reconocimiento de áreas protegidas que, según la interpretación del tribunal, quedaron modificadas con la promulgación de esa ley, lo cual vulneraría el derecho de propiedad contemplado en el artículo 51 de la Constitución.


Como parte de su motivación, la Quinta Sala citó una decisión previa que favoreció también a la empresa Inversiones del Sur, S.R.L., representada por su gerente Ricardo Alfredo Gadala-María Nasser, en la que se determinó que esta es acreedora de derechos registrados sobre extensas parcelas en Pedernales.


De acuerdo con el tribunal, un informe técnico cartográfico emitido por la DNMC el 9 de septiembre de 2025 concluyó que varias parcelas reclamadas no se encuentran dentro del Parque Nacional Jaragua ni dentro de otras áreas protegidas reconocidas por la Ley 202-04, lo que reforzó la posición de la empresa.


Informe cuestionado


La sentencia también tomó en cuenta un informe catastral elaborado por el agrimensor Orlando Lorenzo Gómez Gómez, un profesional que ha sido objeto de cuestionamientos e investigaciones del Ministerio Público. En el documento, se establece que las parcelas en disputa quedarían fuera de los límites del parque y que el paso pendiente para garantizar seguridad jurídica sería la actualización del Catastro Nacional de Áreas Protegidas por parte del Ministerio de Medio Ambiente.


Reacciones y rechazo ambientalista


Sin embargo, sectores ambientalistas y autoridades del área protegida rechazaron la interpretación del TSA. El ambientalista Luis Carvajal y el viceministro de Áreas Protegidas, Carlos Batista, afirmaron que la Ley 266-04 no puede reducir límites de zonas protegidas, y que de hacerlo sería inconstitucional.


Batista explicó que cualquier modificación de áreas de conservación requiere aprobación congresual con mayoría calificada de tres cuartas partes, lo que constituye un “blindaje” legal similar al de la Constitución.


Carvajal, por su parte, señaló que el agrimensor Gómez Gómez es parte interesada en conflictos similares y recordó que en 2018 un tribunal ordenó anular deslindes realizados por él al considerarlos fraudulentos.


El caso reabre el debate sobre la seguridad jurídica en terrenos ubicados dentro o cerca de áreas protegidas y la tensión entre proyectos turísticos y conservación ambiental en la región suroeste del país.


Diario Libre. (2026, 18 de febrero). El Estado desoyó ley en caso terrenos del Parque Nacional Jaragua. Diario Libre. https://www.diariolibre.com/actualidad/justicia/2026/02/18/el-estado-desoyo-ley-en-caso-terrenos-del-parque-nacional-jaragua/3440444

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